La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a cinco años de cárcel a un ciudadano marroquí acusado de abusar sexualmente de una joven gracias al testimonio de un ciego que acompañaba el día de los hechos a ambos y que confirmó en su declaración las negativas de la mujer, "el ruido como de quitar ropas y palabras del acusado relativas a tener sexo con la mujer".
En la sentencia, consultada por Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial considera probado que, sobre las 23,00 horas del 9 de diciembre de 2012, la víctima, de nacionalidad brasileña y que había estado toda la tarde consumiendo alcohol con algunos amigos, se encontró en la calle Sierpes con un ciego que toca habitualmente el acordeón en dicha vía, y con quien continuó ingiriendo alcohol en varios bares.
Sobre las 3,00 horas del día siguiente, y estando la mujer en un "severo" estado de embriaguez, ambos contactaron con el imputado, que era "conocido" del testigo, y continuaron consumiendo alcohol por varios bares hasta que, sobre las 6,00 horas, tomaron un taxi.
El imputado indicó al conductor que se dirigiera a su domicilio, y una vez allí, llevó a la víctima al dormitorio, donde también entró el testigo, que se quedó sentado en una silla mientras el acusado comenzaba a quitarle la ropa a la joven, "quien se negaba en voz alta diciendo que no quería".
Pese a ello, el acusado aprovechó el "alto" estado de ebriedad de la víctima para bajarle los pantalones y la ropa interior y abusar sexualmente de ella, tras lo que la joven se quedó dormida a causa de su embriaguez junto al acusado y el otro joven, despertando a las 12,00 horas.
Tras señalar que el escenario de la acción consistía "en una mujer borracha y un ciego que entonces no se manejaba demasiado bien con el idioma español", la Sala destaca que las declaraciones de la afectada "han sido esencialmente uniformes a lo largo del proceso, no siendo contrario a las reglas de la experiencia que recordara con intensidad y detalle lo sucedido en la vivienda no obstante su embriaguez, precisamente por el impacto emocional que le provocaron".
LA VERSIÓN DEL ACUSADO "RESULTA DEL TODO INCREÍBLE"
El testimonio de la víctima está corroborado, según la Audiencia, por la declaración del ciudadano ciego, "quien no obstante su ceguera y su reconocido menor dominio del castellano en aquella época, confirmó la negativa de la mujer, el ruido como de quitar ropas y palabras del acusado relativas a tener sexo con la mujer", a lo que se suma el testimonio de un vecino que aseguró haber escuchado esa noche ruidos y jaleos procedentes de la vivienda en cuestión.
Frente a todo ello, "resulta del todo increíble" la versión dada por el acusado en cuanto a que "todo lo ocurrido fue consentido por la mujer y que solo hubo escarceos consistentes en besos y caricias, pero no en relaciones sexuales", una versión que "mal se compadece con el altercado en la alcoba confirmado" por el joven ciego y los ruidos oídos por el vecino.
En su declaración sumarial, el acusado afirmó que tuvo relaciones sexuales con la mujer, aunque en el juicio "quiso hacer creer que por relaciones sexuales entendió besos y caricias y no relaciones sexuales completas", pero la Audiencia asevera que el imputado "domina el español y llevaba varios en España, habiendo incluso mantenido relaciones de pareja con dos mujeres", por lo que "es increíble que no supiera que, en el español cotidiano, hablar de mantener un hombre relaciones sexuales con una mujer implicaba algo más que besos y caricias".
Además, "tampoco es cierto que estuviera ebrio", pues "aunque había bebido aquella noche conservaba sus facultades".
Por todo ello, condena al acusado a cinco años de cárcel y al pago de una indemnización de 6.000 euros por un delito de abuso sexual.
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