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Sevilla

Urbanismo licita el uso de los puentes para instalar publicidad para la Feria de Abril

El contrato recoge una tarifa mínima de 1.000 euros por cada puente y día, durante un plazo máximo de 15 días y un mínimo de siete días. Se podrá colocar publicidad en las barandillas de los puentes de las Delicias -sólo parcialmente-, de los Remedios, San Telmo, Patrocinio y Barqueta

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La Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla ha sacado a licitación la autorización del aprovechamiento especial de las barandillas de los puentes de la dársena del río Guadalquivir durante la celebración de la Feria de Abril para la realización de actividades efímeras promocionales de dicha feria y de los productos que se consumen en la misma, sin que conlleven instalaciones fijas y por un plazo máximo de 15 días.

   Según la información recogida por Europa Press, este contrato, que comenzó a realizarse en 2012, recoge una tarifa mínima de 1.000 euros por cada puente y día por el aprovechamiento especial de las actividades de promoción, durante un plazo máximo de 15 días y un mínimo de siete días. Así, se podrá colocar publicidad en las barandillas de los puentes de las Delicias --solo parcialmente--, de los Remedios, San Telmo, Patrocinio y Barqueta.

   En este contexto, no se admite la instalación de elementos fijos o móviles que puedan afectar elementos estructurales de los puentes, mientras que detalla que, si se instalaran lonas, deberán ser ignífugas. Además, no se permiten actividades sonoras, ni aquéllas que puedan provocar la concentración de público y perturbar el normal funcionamiento del puente, entre otros.

   La selección del solicitante de la licencia se realiza mediante un procedimiento negociado sin publicidad, "cursando invitación a los adjudicatarios de contratos con el Ayuntamiento de Sevilla que gestionan la explotación comercial de distintos soportes publicitarios propiedad municipal, al tener acreditada la capacidad y solvencia técnica, económica y financiera necesarias".

   Sin embargo, agrega que todo ello es "sin perjuicio de que puedan admitirse la presentación de ofertas por cualquier otra persona física o jurídica con capacidad de obrar y que acredite la solvencia técnica para la gestión de campañas de marketing y publicidad".

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