El tiempo en: Sevilla
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Voto particular Manada: "innecesaria" la actuación del guardia civil

El presidente de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra Francisco Cobo ha emitido un voto particular contra la decisión de mantener libre al agente

Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • La Audiencia de Navarra. -

El presidente de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, Francisco Cobo, que ha emitido un voto particular contra la decisión de mantener en libertad al guardia civil de La Manada, sostiene que la actitud de éste en relación con la obtención de un pasaportes es "contradictoria" con las medias cautelares e "innecesaria" para su cumplimiento.

Tras indicar que ha ponderado el derecho a la libertad personal y los fines constitucionalmente legitimadores de la prisión, Cobo sostiene que a su juicio "debió accederse a la pretensión de las acusaciones" que pidieron el reingreso en prisión por quebrantamiento de media cautelar y riesgo de fuga del procesado, condenado a 9 años de cárcel por abusar sexualmente de una joven en los sanfermines de 2016.

Y añade que la actuación del guardia civil "se revela como contradictoria con la prohibición de salir del territorio nacional sin autorización judicial", establecida en el auto del 21 de junio, que incluía la "obligación de hacer entrega del pasaporte de que disponga ante este Tribunal dentro de los 4 días siguientes a su puesta en libertad, así como la prohibición de obtenerlo en el futuro".

"La actividad del procesado se muestra como innecesaria para cumplimentar" esta disposición, dice, y puntualiza que además "no se verificó con la pulcritud y carácter diáfano del que le trata de revestir su defensa" al argumentar que "exclusivamente" quiso informarse de la situación en la que se encontraba su pasaporte para presentarlo ante este Tribunal.

El magistrado, que también se opuso a la libertad provisional de los cinco miembros de La Manada, añade en su voto particular que "la disponibilidad del pasaporte, sin duda alguna, incrementa razonablemente las posibilidades de apreciar un concreto riesgo de fuga, tratándose este, de un pronóstico incierto, siempre inseguro, pero cuya probabilidad se incrementa".

Alude por otra parte a la cita previa que solicitó la novia del procesado antes incluso de que este saliera de la cárcel en libertad provisional y al hecho de que el guardia civil en la oficina de la Policía Nacional a la que acudió en Tablada (Sevilla) no hizo "ninguna indicación acerca de que necesitaba entregar el pasaporte en el Juzgado y no lo encontraba".

"Sólo fue a raíz de que la funcionaria le preguntara sobre si tenía algo pendiente" cuando dio esta información, por lo que antes la empleada "en todo momento entendió que acudió para que le hiciera el pasaporte", precisa el magistrado.

Y destaca asimismo que el acusado "no pidió ninguna certificación, ni solicitó datos para presentar en el juzgado acerca del estado de su pasaporte".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN