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El Gobierno local llevará este mes a Pleno la norma de patinetes

Ya ha estudiado las alegaciones y tiene previsto elevar el texto definitivo al Pleno en las próximas semanas. Entraría en vigor este mismo mes

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  • Una persona circula en patinete por el andén del Ayuntamiento de Sevilla. -

La ordenanza de circulación para regular el uso de vehículos eléctricos podría entrar en vigor este mismo mes de septiembre, ya que el Gobierno municipal la elevará al Pleno para su visto bueno definitivo en las próximas semanas, han confirmado fuentes municipales. El primer Pleno tras las vacaciones veraniegas está previsto para el 19 de septiembre. 

La ordenanza consiguió el pasado mes de marzo el respaldo de todos los grupos municipales (entonces sin Vox en la Corporación), momento a partir del cual se abrió el periodo de alegaciones. El plazo para presentarlas fue de 30 días hábiles a contar desde el 23 de abril, de forma que en los meses de verano han sido objeto de estudio y contestación por parte de los servicios municipales.

Será ahora, en septiembre, cuando el texto, con “algunos cambios”, vuelva de nuevo al Pleno municipal para su aprobación y entrada en vigor definitiva.

La normativa que fue aprobada inicialmente en el mes de marzo, que regula patinetes eléctricos, monociclos, segway (de uso turístico) y los hoverboard (plataformas eléctricas sin sujeción para las manos), fijaba multas de entre 50 y 400 euros a los usuarios que la incumplan. Para no ser sancionados, en primer lugar, los usuarios de este tipo de transporte tendrá que respetar una velocidad máxima de 15km/h en las vías ciclistas. De hecho, sólo se podrá ir por el carril bici. Nunca por aceras ni por zonas peatonales ni por la calzada, salvo en el caso de que esa calzada sea una zona 30 o 20. Si la vía ciclista es compartida con el peatón (caso de la Avenida o San Fernando, por poner sólo dos ejemplos del Centro histórico), la velocidad máxima baja a 10 km/h. En el supuesto de que el patinete vaya por una calzada 30 o 20, el usuario podrá ir a un máximo de 25km/h.

Estos vehículos no se podrán usar en los horarios y fechas establecidos o en caso de aglomeración de personas, como en el caso de las bicicletas. Serán de uso unipersonal y la edad mínima para llevarlos es de 15 años. Los menores de 15 años que los lleven deberán ir por los carriles bicis acompañados de un mayor y con el casco puesto. 

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