El Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla ha condenado a 6 meses de cárcel y una multa de 1.080 euros a tres hombres por cometer un delito de lesión a la dignidad por razón de género al grabar un vídeo en el que llamaban "guarras" y "golfas" a las asistentes a la marcha del 8 de marzo de 2018.
La Fiscalía de Sevilla solicitaba 10 meses de prisión y 3.600 euros de multa para B.L.G., A.V.R. e I.J.V.O., pero ha habido acuerdo de conformidad antes de la vista oral, prevista para este martes, y tanto los acusados como el Ministerio Público han aceptado una rebaja de las penas iniciales y la suspensión de la condena durante dos años, según ha adelantado Diario de Sevilla.
La sentencia, según han indicado a Efe fuentes del caso, ha sido dictada por el tribunal en la misma sala, por lo que no ha sido necesario que declarasen ni los acusados ni los testigos de la Fiscalía, entre quienes se encontraba Olga Ruiz, secretaria general de Facua.
La causa judicial, de hecho, comenzó tras una denuncia de un abogado de la directiva de la asociación de consumidores, Alejandro García López, que motivó la apertura de diligencias de investigación en el Juzgado de Instrucción número 11 de Sevilla.
Según los hechos recogidos en el escrito de acusación, reconocidos por los tres acusados, estos se encontraban el 8 de marzo de 2018 en la Plaza Nueva de Sevilla, donde se celebraba una manifestación por el Día de la Mujer, e idearon una grabación.
En el vídeo, realizado por B.L.G., aparecían A.V.R. e I.J.V.O. diciendo "aquí, desde la televisión pirindola, pasando una 'jartá' de frío en la Plaza Nueva con todas estas guarras que no trabajan; vean, vean, todas; lo que hay que hacer es fregar más. Son unas golfas".
Según el Ministerio Público, el vídeo fue subido a un grupo de Whatsapp llamado 'La melva', que tenía 18 participantes, y uno de ellos, sin identificar, lo difundió.
Al final fue subido a las redes sociales por un usuario de Twitter que pretendía denunciar ese comportamiento y obtuvo 227.000 visualizaciones.
Para la Fiscalía, los hechos eran constitutivos un delito de lesión a la dignidad por razón de género, de ahí que solicitase 10 meses de prisión y una multa de 3.000 euros para cada uno de los tres acusados, además de inhabilitación durante cinco años para ejercer "profesión u oficio educativos en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre".
El Ministerio Público ya estimó en su escrito de calificación la atenuante de confesión, porque los tres "han reconocido la realidad de los hechos desde el primer momento", y también reclamó "la eliminación de todas las publicaciones" en que aparezca el vídeo.