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Sevilla

TSJA confirma 35 años por disparar a su padre, sus hermanos y agentes

El condenado hirió de gravedad a su padre e intentó matar a sus dos hermanos, a un guardia civil y a un policía local en la localidad sevillana de El Cuervo

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  • La sede del TSJA y de la Audiencia de Granada. -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado íntegramente la sentencia de la Audiencia de Sevilla que condenó a 35 años de cárcel a un hombre que hirió de gravedad a su padre e intentó matar a sus dos hermanos, a un guardia civil y a un policía local en la localidad de El Cuervo.

Según ha informado a Efe la oficina de comunicación del TSJA, la Sección de Apelación de la Sala de lo Civil y Penal ha rechazado el recurso presentado por la defensa de B.C.A. contra la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia hispalense del 12 de julio de 2019, que lo condenó a quince años por dos delitos de homicidio en grado de tentativa sobre sus hermanos y a diez años por dos delitos idénticos sobre los dos agentes.

También le impuso nueve años por un delito de lesiones graves cometido sobre su padre, que como consecuencia del disparo sufrió la amputación de una pierna, y a un año de prisión por tenencia ilícita de armas.

En la sentencia, dictada el 18 de febrero, el TSJA recuerda que la Audiencia consideró probado que los hechos ocurrieron el 28 de octubre de 2017 en la vivienda familiar de El Cuervo, cuando el acusado disparó e hirió de gravedad a su padre y también disparó contra sus hermanos.

Después, y "con el ánimo" de acabar con sus vidas, el acusado disparó aunque sin llegar a alcanzarlos contra un policía local y un agente de la Guardia Civil que se personaron en la vivienda tras tener conocimiento de los hechos, tras todo lo cual salió de la vivienda y fue detenido.

La defensa del encausado alegó que su conducta no estuvo guiada por el ánimo de causar daño físico a nadie, sino por una intención "puramente intimidatoria", una tesis que es rechazada por el TSJA.

"Es difícil atribuir un simple propósito de asustar inofensivamente a quien dispara de modo reiterado hacia la estancia donde se hallaban su padre y hermanos y continúa haciendo uso del arma de fuego en dirección al policía local y el agente de la Guardia Civil, con un total de dieciséis disparos efectuados", argumenta.

Apelación indica que "no hay base alguna para sostener que el disparo que alcanzó gravemente" al padre "fuese expulsado de modo accidental y no querido".

Respecto a los hermanos, el condenado "se valió de una escopeta semiautomática de calibre 12" y realizó "numerosos disparos a la puerta de la estancia donde acababa de constatar directamente que se encontraban sus hermanos además de su padre (...) y continuó haciéndolo a través del agujero abierto en ella, con evidente riesgo de alcanzar sus zonas vitales".

"El acusado era consciente de que arriesgaba seriamente la vida de sus familiares y aun así se aplicó a reiterar los disparos hacia el interior de la habitación que estos ocupaban", asevera el TSJA, que agrega que "su desprecio por la vida ajena quedó corroborado a través de su conducta inmediatamente posterior al atentar contra la de los agentes de la autoridad".

En relación a esos disparos contra la autoridad, "el recurrente los proyectaba hacia donde veía que se hallaban los referidos funcionarios, lo cual revela a las claras en ambos casos el propósito homicida que la sentencia apelada declara probado", por lo que "carece de fundamento alguno la afirmación de que trataba únicamente de intimidar", sentencia el TSJA.

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