El tiempo en: Sevilla
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

De discontinuo a indefinido por derecho

CCOO logra que la justicia considere improcedente el despido de un trabajador com una sentencia pionera en el campo andaluz

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Servicios jurídicos de CCOO Sevilla. -
  • La empresa tendrá que pagarle más de 1.600 euros

El Juzgado de lo Social número diez de Sevilla ha declarado como improcedente el despido de un trabajador por parte de Primor Fruit y ha obligado a la empresa a pagar 1.629,87 euros por los salarios que el trabajador dejó de percibir durante el periodo que la empresa lo dejó parado.

La justicia ha estimado parcialmente la demanda formulada por los servicios jurídicos de CCOO de Sevilla en nombre del trabajador y avisa de que el contrato que lo vincula con la empresa “no reviste el carácter de fijo discontinuo, sino de fijo ordinario”.

Y es que Primor Fruit, empresa dedicada a la producción de frutales, despidió a este trabajador el 29 de septiembre de 2018, después de que terminara la campaña, y posteriormente volvió a contratarlo el 2 de noviembre.

El secretario general del Sindicato Provincial de Industria de CCOO de Sevilla, Juan Antonio Caravaca ha destacado “la enorme importancia de esta sentencia en el sector del campo de la provincia de Sevilla ya que abre la puerta a que muchos trabajadores en las mismas condiciones puedan seguir los pasos de este trabajador”.

La magistrada cita en los fundamentos de derecho hasta tres sentencias del TSJA, en todos los casos en el sector hotelero, y una sentencia del Tribunal Supremo que explica que “como los contratos se repiten en fechas ciertas dentro del volumen normal de la actividad, no se pueden calificar de fijos-discontinuos”.

La sentencia del Juzgado de lo Social número diez de Sevilla también cita el convenio colectivo del campo de faenas agrícolas, forestales y ganaderas de Sevilla, donde define al personal fijo “como aquel que está adscrito a una o varias explotaciones de un mismo titular, y transcurren 11 meses ininterrumpidos desde la fecha en que hubiera iniciado la prestación de servicios en la misma”.

Por su parte, la secretaria de Organización de CCOO de Sevilla, Sara de los Reyes, ha puesto en valor “el enorme trabajo de los Servicios Jurídicos de CCOO de Sevilla para conseguir sentencias como esta, que no solo defienden los derechos de quien denuncia, sino que van a ser referente para que otros muchos trabajadores se beneficien”.

“En un momento como el actual, donde los derechos laborales son vulnerados a diario por determinadas empresas, contar con el respaldo de los Servicios Jurídicos de CCOO de Sevilla es un seguro de vida”, ha subrayado de los Reyes.

Según los datos del propio sindicato, tres de cada cuatro casos que los Servicios Jurídicos de CCOO de Sevilla llevan a los tribunales se resuelven a favor de los intereses de los trabajadores.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN