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Almería

Suspenden una vista oral por agresión sexual al no acudir la víctima

Contra un hombre que se enfrenta a siete años de prisión por un delito de agresión sexual en plena vía pública

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  • Juzgados de Almería. -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería ha suspendido este martes la vista contra un hombre que se enfrenta a siete años de prisión por un delito de agresión sexual en plena vía pública, al no acudir a juicio la denunciante.

La magistrada Társila Martínez ha comunicado al abogado de la defensa y al fiscal que la "posible víctima de la infracción" no había comparecido ni justificado el motivo por el que no lo había hecho.

Tras esto, ambas partes han pedido que se suspenda la vista. El fiscal ha pedido que se la vuelva a citar con la multa correspondiente y con apercebimiento de que será conducida por la "fuerza pública" si no asiste cuando se señale de nuevo, acuerdo al que ha llegado la sala.

Los presuntos hechos a enjuiciar tuvieron lugar durante la tarde de 30 de junio de 2017, cuando la denunciante llegó a la estación intermodal de Almería procedente de Linares (Jaén).

La mujer tenía intención de buscar trabajo y fue ahí dónde el procesado presuntamente contactó con ella, entablando una conversación que los llevó a estar juntos hasta la noche.

Llegado este momento, ambos se habrían dirigido a los soportales de un centro comercial para dormir, al no tener la denunciante un lugar en el que quedarse.

Según el relato del escrito de acusación del fiscal, se tumbaron en unas mantas del procesado y entonces, con "ánimo de satisfacer su ánimo lúbrico", el hombre cogió a la mujer del brazo, la atrajo hacia él y comenzó a realizarle tocamientos en los pechos y zonas íntimas.

La mujer intentó separarse sin conseguirlo y el procesado, supuestamente, culminó su agresión sexual sin penetración. Finalmente logró zafarse de él y marcharse del lugar.

Por estos presuntos hechos, el fiscal interesa siete años de prisión por un delito de agresión sexual, por el que también pide la medida de liberta vigilada durante diez años y el pago de una indemnización de 8.000 euros por los daños morales causados.

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