Este informe jurídico interno del Grupo Municipal de IU, al que ha tenido acceso Europa Press, advierte de que el requisito establecido en su constitución, el estar todos los grupos representados, debe ser extendido durante toda su vigencia, según el artículo 4 del reglamento que apunta al "mismo periodo de mandato de la corporación municipal". Además, indica que la norma establece que la citada comisión ha de favorecer "una posición de objetividad y máxima independencia", algo que podría ponerse en duda a no existir representación de todos los grupos.
El informe, que se basa en el artículo 132 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local --que recoge la creación de esta comisión-- y en el reglamento mismo de la Oficina del Defensor del Ciudadano --aprobado en mayo de 2005--, concluye que este órgano actualmente "no resulta válido", al no estar formada por "representantes de todos los grupos", sino que se encuentra en "una tesitura donde sólo y exclusivamente existen representantes de un partido político".
Esta situación, asegura el documento, "incumple gravemente lo señalado en la Ley y en el Reglamento, produciendo una más que seria duda sobre la validez de su actuación y el cumplimiento de los objetivos para los que fue creada". "No sólo hablamos de dudosa legalidad, tendríamos que acudir inclusive a una controvertida relación con la ciudadanía, ya que se siembra la duda sobre la independencia y objetividad de este órgano en tanto en cuanto todos sus miembros han sido propuestos y representan a un solo partido político, que es además el que ostenta el gobierno municipal, objeto de seguimiento por parte de la Comisión", continúa el informe, que apunta a la existencia de un "claro indicio de parcialidad y un evidente descrédito de la Comisión en su relación con la ciudadanía".
De este modo, señala que si la comisión continuara así se produciría un "preocupante precedente" por el que respetando el criterio de proporcionalidad en su constitución, "nada impide a una decisión plenaria por la que a mitad de mandato se elimine el requisito por cuanto ya se cumplió en su constitución sin que sea necesario se mantenga durante todo el período de vigencia de la comisión". Así, apunta a una "dudosa validez" de la comisión en su conformación actual y recomienda la apertura de un proceso que permita "consensuar" su constitución para que "se ajuste a derecho y sea realmente un órgano de interlocución vecinal en su relación con el Ayuntamiento de Sevilla".
"El espíritu de la norma es que en todo momento estén representados todos los grupos políticos, donde la independencia y la objetividad son requisitos imprescindibles por cuanto esta comisión es la encargada de defender los derechos vecinales, vigilando el funcionamiento de la Administración, lo que exige una presencia plural que garantice que la labor no es sesgada desde el punto de vista formal y material", concluye.