CCOO, a través de su sección sindical en el Ayuntamiento de San Fernando, ha conseguido que la justicia le dé la razón en la denuncia que presentó contra el proceso selectivo para cubrir la plaza de Intendente Mayor de la Policía Local de la ciudad por el turno de promoción interna.
En concreto, ha sido el Juzgado Contencioso Administrativo número 4 de Cádiz el que ha estimado el recurso interpuesto por el sindicato contra el decreto de Alcaldía del 14 de octubre de 2010, por el que se regulaba el procedimiento de selección de la citada plaza -que corresponde a la Oferta de Empleo Público (OEP) de 2010- y donde se establecía como sistema de selección para la promoción interna el concurso de méritos, cuando lo acordado por el Pleno del Ayuntamiento de San Fernando obliga al concurso oposición.
“La motivación principal de la demanda interpuesta por esta sección sindical es el respeto a los principios básicos del acceso a la función publica, igualdad, mérito y capacidad, todo ello tras el compromiso de máxima rigurosidad en el cumplimiento de los mismos, y tras la negociación colectiva del Plan de Empleo para la estabilización del personal contratado del Ayuntamiento de San Fernando en 2000, fruto de ello es el articulado del Acuerdo regulador y Convenio Colectivo vigente, en relación con el acceso y promoción interna”, han explicado los representantes de CCOO en el Ayuntamiento isleño.
Al respecto, han reseñado que en el referido acuerdo se establece “con toda claridad” en relación a la promoción interna que el ascenso “se efectuará por el sistema de concurso-oposición con sujeción a los principios fundamentales de publicidad, igualdad, mérito y capacidad, entre los empleados y empleadas fijos que posean la titulación y requisitos señalados en la respectiva convocatoria, así como una antigüedad de al menos 2 años en el grupo a que pertenezcan".
Con todo, los delegados del sindicato han subrayado que este articulado fue aprobado por el Pleno Municipal del Ayuntamiento de San Fernando el 2 de marzo de 2007. Y que los procesos de promoción interna efectuados en el Consistorio de La Isla “desde siempre y más aún, si cabe, desde 2007 hasta la actualidad” se han realizado a través del concurso-oposición, atendiéndose al principio de capacidad, mediante la inclusión de pruebas para la evaluación de la misma.
De otra parte, esta sección sindical ha recordado que no comparte la necesidad de creación de esta plaza, debido a que sus funciones dentro de la cadena de mando de la Policía Local “se realizaban anteriormente por el Intendente, cargo que ostentaba la misma persona”, han aseverado, al tiempo que han insistido en que, con ello, no se respeta escrupulosamente el principio de igualdad, “al ser única la persona que reunía los requisitos para poder presentarse al concurso de méritos y, como también destaca la sentencia, “la propuesta política de concurso se hace exclusivamente para este caso y no para el resto de plazas en promoción interna”.
”Esto fue posible con el beneplácito de las secciones sindicales de UGT y CSIF, -esta última representada entonces por el actual parlamentario andaluz del PP, Rafael Ruiz Canto, defensor de la igualdad, el mérito y la capacidad en la Administración de la Junta de Andalucía-, quienes para facilitar el ‘enchufismo’ interpretaron y alteraron lo acordado expresa y literalmente en el Acuerdo y Convenio y acusaron a CCOO de ir en contra de los intereses de la Policía Local”, han asegurado.