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AMAyT censura juez pida su personación con fianza en "trama Amat"

La Asociación Mediterránea Anticorrupción y por la Transparencia ha censurado que la juez pida ahora el pago de una fianza para su personación

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  • Juicio. -

 La Asociación Mediterránea Anticorrupción y por la Transparencia (AMAyT) ha censurado hoy que la juez instructora de la causa incoada por la presunta existencia de un entramado con 103 sociedades constituido en torno al alcalde de Roquetas de Mar y presidente del PP de Almería, Gabriel Amat, pida ahora el pago de una fianza para su personación.

La responsable del Juzgado de Instrucción 1 de Roquetas de Mar ha dictado un auto en el que además "amenaza" con no proveer ni contestar los innumerables escritos presentados por AMAyT, algunos de ellos desde hace más de un año", en caso de que no se abone dicha cuantía, según ha trasladado el colectivo a Efe.



En este sentido, han lamentado que una "juez recién salida de la escuela judicial anule resoluciones firmes en una causa compleja que lleva más de 6 años de instrucción y por la que han pasado 7 jueces".

Asimismo, han recordado que en 2013 otra juez dictó un auto en el que se daba por "personada a la asociación AMAyT, sin la necesidad de presentar querella ni fianza, al cumplir las cuatro condiciones que marca la ley a tal efecto".

Para el colectivo queda "patente" el "proteccionismo judicial" en favor de Amat y califican de "torticero, que la jueza diga y amenace con no contestar a los anteriores proveídos". "Cuando menos, por obligación y por ley, hasta que no presentemos la fianza que nos imponga, si esto fuese así, seguimos estando personados legalmente en la causa", añaden.

También recuerdan que fue la propia Fiscalía Provincial de Almería la que denunció este caso, preguntando acto seguido el por qué de esta fianza si "como ella reconoce en su propia resolución, viene dada para evitar, en la mayor medida posible, denuncias infundadas".

"La juez adopta una resolución anulando otra anterior, del año 2013, que es firme de pleno derecho, que no fue recurrida por ninguna de las partes y que tampoco lo fue por la Fiscalía de Almería", apostillan.

Indican a su vez que en 2017 la juez instructora de aquel entonces dictó "otra resolución donde da por personada, en todas las piezas separadas y entre otros, a la asociación AMAyT, decisión firme de pleno derecho puesto que tampoco fue recurrida por ninguna de las partes". 

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